- CIRCULAR nº 11 – 2004/2005 -

 

REGLAMENTACIÓN SOBRE LICENCIAS DE JUGADORES

Ante la próxima finalización de la temporada 2004/05, y el comienzo de la 2005/06, seguidamente se recuerdan las principales disposiciones reglamentarias establecidas por la RFEF (Libro XII de su Reglamento General) y la RFFPA (Libro V de los Futbolistas, Reglamento Orgánico) sobre el asunto de referencia.

1.- PERIODO DE INSCRIPCIÓN DE LICENCIAS TEMP. 2005-2006.

Para las categorías territoriales, del 1 de julio de 2005 al 16 de mayo de 2006.

            En cuanto a la 2ª División “B” y 3ª División, lo que determine la R.F.E.F.

2.- PERIODO DE  ENTREGA DE FORMULARIOS.

            A consecuencia de que la R.F.E.F., a partir de la temporada 04/05, implantó la licencia única  para todas las territoriales, y que ella la distribuye a las territoriales,  no podremos como en temporadas anteriores disponer de los impresos el 1º de junio, si bien los mismos estarán disponibles a partir del  8 de Junio .

3.- RENOVACIONES.

Las licencias de Jugadores Aficionados deberán renovarse hasta el  10  de agosto de 2005.

            Tratándose de 2ª División B, para ejercitar válidamente un club el derecho de renovación, deberá presentar en un documento formalizado por escrito, y antes del 20 de julio de 2005, la relación de los jugadores afectados.

            En las categorías inferiores a 2ª División “B” el plazo para la presentación de aquella relación se extenderá hasta el 10 de agosto de 2005.

            En ambos casos, el club deberá notificar a los jugadores su decisión en relación con estos extremos, y en los mismos plazos establecidos. Asimismo, y en el momento de presentar las listas de jugadores que siguen vinculados al club, deberán satisfacerse los derechos de Mutualidad correspondientes a los mismos.

Transcurridos estos plazos sin haber cumplido lo establecido anteriormente, los jugadores quedarán en libertad.

            Serán de aplicación a las jugadoras con licencia F  y a los jugadores  con licencia AS dispuesto para los jugadores aficionados.

          Las licencias de jugadores Juveniles  y Juvenil Sala deberán renovarse hasta el 10 de agosto de 2005.

            Los Jugadores con licencia Cadete e inferiores, que quedan sujetos al club al cambiar de categoría por cumplir la edad, deberán diligenciar su nueva licencia hasta el 10 de agosto de 2005. Pasada esta fecha sin hacer valer esta opción quedarán en libertad.

            Los Jugadores con licencia Cadete e inferiores que deseen seguir adscritos al mismo  club, y no varíen de categoría en función de su edad, podrán solicitarlo por escrito, con su firma y la autorización del padre, madre o tutor. Este escrito, que deberá formalizarse en impreso oficial facilitado por ésta Federación y haciendo constar la fecha de su presentación a trámite, surtirá idéntico efecto que la diligencia de una nueva licencia.

            Como consecuencia de lo anterior, a partir del  8 de junio, se pondrán a disposición de los clubes en esta Real Federación y en las delegaciones, los aludidos impresos oficiales; pero en el bien entendido que entre la fecha de la firma, y la presentación de la misma para su despacho en la Federación, NO PODRÁN MEDIAR MÁS DE QUINCE DIAS o será nula la declaración consignada.

4.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA

            Se recuerda la obligatoriedad ineludible de que con la primera demanda de licencia, cualquiera que sea la categoría de la misma, deberá presentarse el ORIGINAL DEL D.N.I. del jugador.  

            Igualmente se recuerda la obligatoriedad de acompañar la fotocopia del D.N.I., tanto para renovaciones, como para nuevas licencias de jugadores que no sean de primera inscripción.              Además de la documentación reseñada, para el FÚTBOL MIXTO las jugadoras deberán acompañar autorización del padre, madre o tutor, expresa para participar en ésta competición.

5.- CARNET DE MUTUALISTA

Se recuerda la necesidad de presentar el Carnet de Mutualista para pasar el reconocimiento médico y  con las licencias.

6.- ADSCRIPCIÓN DE JUGADORES A LAS  DIFERENTES CATEGORÍAS.

Durante la temporada 2005-2006 los jugadores se encuadrarán en las diversas categorías descritas a continuación, tomándose como criterio su año de nacimiento.

 

CATEGORÍA

AÑO NACIMIENTO

Pre-Benjamín

1998 - 99

Benjamines                                             

1996 - 97

Alevines                                                 

1994 - 95

Infantiles                                                 

1992 - 93

Cadetes                                                   

1990 - 91

Juveniles                                                  

1987 - 88 - 89

Aficionados                                             

nacidos antes 1-1-1987

Femeninas                                                

nacidas antes 1-1-1992

Femenino Base

1992- 1997

Sub-23

Nacidos a partir de 01-01-1983

Sub-21

Nacidos a partir de 01-01-1984

 

Lo que se comunica para conocimiento general a los efectos oportunos.

 

Gijón, 26 de mayo de 2005

REAL FEDERACIÓN DE FÚTBOL

DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

 

El Secretario General