
Comunicamos que el próximo 30 de abril, finaliza el plazo para justificar la subvención proveniente de la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones según R.D. Ley 5/2015.
Superado dicho plazo, de forma improrrogable, sin haber remitido la documentación solicitada se entiende que el club renuncia a la mencionada subvención.
Aprovechamos para recordar la documentación necesaria para justificar la misma:
- Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente en el pago con Hacienda
- Acreditación bancaria donde conste el club como titular
Lo que se comunica a los efectos oportunos.