Habiendo recibido esta Real Federación las cantidades económicas correspondientes a la subvención proveniente de la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones según R.D. Ley 5/2015, correspondientes a la temporada 2017/2018, indicamos que el plazo máximo para su justificación terminará el lunes 13 de agosto de 2018.
Superado dicho plazo, de forma improrrogable, sin haber remitido la documentación solicitada se entiende que el club renuncia a la mencionada subvención. La documentación necesaria para justificar la misma, es la siguiente:
Clubes que NO hayan justificado la temporada 2016/2017:
- Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente en el pago con Hacienda
- Acreditación bancaria donde conste el club como titular
Clubes que hayan justificado la temporada 2016/2017:
- Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social
Esta documentación será necesaria con independencia de que el club haya tenido o no relación con alguna de las dos administraciones. En el momento en el que la recibamos, podremos realizar la transferencia de las cantidades a la cuenta bancaria del club.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.